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Mujer hablando frente a un formulario de la Agencia Tributaria sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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Hacienda: No tienes que pagar IRPF si tú nómina no llega a esta cantidad

La AEAT ha modificado el límite exento para tributar por el IRPF, estos son los beneficiados

El Ministerio de Hacienda ha modificado el reglamento del IRPF para modificar los límites exentos de tributar por el IRPF en este año 2024. Si tus ingresos se encuentran por debajo de la nueva cantidad, no tendrás que pagar IRPF.

El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se trata de un tributo que todo ciudadano residente en España tiene que pagar al Estado. De esta forma, grava la renta que se haya obtenido durante todo un año, donde influyen las circunstancias personales y familiares de cada uno.

Dos personas con mascarillas sentadas en una oficina con el logotipo de la Agencia Tributaria en primer plano.
La AEAT cambia el mínimo exento de IRPF | DonDiario

Un pequeño alivio para las rentas más bajas

El nuevo límite viene establecido por la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que ahora se establece en 1.134 euros brutos al mes en 14 pagas. Esto supone que Hacienda ha elevado el mínimo exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el año 2024, desde los 15.000 euros hasta los 15.876 euros anuales.

Con esta nueva subida del límite, significa a su vez una reducción fiscal para aquellos con ingresos inferiores a 22.000 euros, debido a la progresividad del impuesto. "Esta medida en el IRPF beneficiará a 5,2 millones de contribuyentes con bajos ingresos, quienes ahorrarán 1.385 millones de euros durante el año 2024", resaltó la titular de Hacienda.

Fachada de la Agencia Tributaria de España con su logotipo y un cartel del Gobierno de España.
La Agencia Tributaria | DonDiario

Para comprobar  si tienes o no que pagar Impuestos de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF), tienes que acudir a tu nómina. En ella, debes acudir al apartado donde se indica la remuneración total. Así, por ejemplo, si mes a mes estás cobrando 1.323 € o menos, se te aplica y no tendrás que pagar impuestos.

La segunda manera de revisar si te afecta, y en defecto de no tener nómina, es descargando el informe de las bases de cotización de la Seguridad Social.  Estas son equivalentes a la remuneración bruta mensual que tiene un trabajador, donde se incluyen las pagas prorrateadas y horas realizadas.

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