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Personas haciendo fila en una oficina de empleo con billetes de euro superpuestos en la esquina superior derecha.
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El SEPE da esta ayuda a todos los que no pueden cobrar el paro

La ayuda depende del número de meses cotizados y de la existencia de responsabilidades familiares

Los requisitos son:  haber trabajado menos de un año, estar inscrito como solicitante de empleo, trabajar al menos tres meses con responsabilidades familiares o seis meses sin ellas (sin llegar a 360 días) y no recibir otras rentas que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

El subsidio dura entre 3 y 5 meses si se cotiza al mismo tiempo  y se tienen responsabilidades familiares. Si alcanzas 6 meses trabajando, puedes tenerlo hasta 21 meses con prórroga.La cuantía es de 480 euros, es decir, el 80% del IPREM.

Subsidio por agotamiento con o sin cargas familiares

Los trabajadores que han agotado la prestación contributiva, que son mayores de 45 años y que tengan o no familiares a su cargo pueden pedir esta ayuda. Los requisitos incluyen los de la anterior ayuda y suma dos: estar inscrito como demandante de empleo durante un mes tras agotarse el paro y haber cumplido los 45 años en el momento de petición del subsidio.

La ayuda dura 6 meses, pero si eres trabajador fijo discontinuo la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

Subsidio para migrantes retornados

Dirigida a los españoles que han vuelto del extranjero, sin contar el Espacio Económico Europeo y Suiza.  Estos no podrán tener paro acumulado en los seis años anterior a la salida del país y es prorrogable hasta 18 meses.

Subsidio para liberados de prisión

Las personas que hayan salido de prisión, además de todas las condiciones mencionadas,  deberán llevar en libertad al menos 6 meses.

Subsidio para mayores de 52 años

Como su nombre indica, los mayores de 52 que hayan acabado con su paro y sean solicitantes de empleo podrán solicitar esta ayuda.

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