La Seguridad Social regala 3.000€ a padres con 3 hijos nacidos después de 2007
Es un pago único de 1.000 por hijo. Si se da el caso que se tiene 3 hijos, se abonarían 3.000 euros
La Seguridad Social ha creado una ayuda para que las familias hagan frente a los gastos que se generan con el nacimiento o adopción de un hijo. Es un pago único de 1.000 por hijo.
Sin embargo, no está dirigida a todas las familias, sino a unos determinados núcleos familiares y hay que cumplir ciertos requisitos.
Esta ayuda está dirigida a las familias con hijos nacidos o adoptados a partir del 16 de noviembre de 2007, en una familia numerosa o que tras dichos nacimientos o adopciones se conviertan en numerosas.
También en las familias monoparentales, o en el caso de madres y padres que tengan una discapacidad, igual o superior al 65%, siempre que el nacimiento o la adopción se hayan producido en España.
En caso de acogimiento familiar, no se puede solicitar esta ayuda, además los padres beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos.
Residir legalmente en España
No tener ingresos anuales superiores al establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Si varias personas convivientes tienen ingresos, se sumarán los de todos.
No deben tener derecho a otro tipo de prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social
Cuáles son los topes de ingresos para cobrar la prestación
Para las familias numerosas, monoparentales y madres o padres discapacitados, estas son las cifras:
1 hijo/a: límite de ingresos anual: 14.011 euros
2 hijos/as: límite de ingresos anual: 16.112,65 euros
3 hijos/as: límite de ingresos anual: 18.214,30 euros
Para las familias numerosas, monoparentales y madres o padres con discapacidad a partir de tres hijos:
3 hijos/as: límite de ingreso anual: 21.086 euros
4 hijos/as: límite de ingreso anual: 24.502 euros
5 hijos/as: límite de ingreso anual: 27.918 euros
En primer lugar, los solicitantes deben completar el formulario en la oficina de la Seguridad Social. Una vez que se comprueba que se tienen los requisitos, se deberán adjuntar determinados documentos.
En el caso de ser españoles, el DNI del menor y del padre o madre solicitante; certificado de empadronamiento de los beneficiarios y causantes; libro de familia o certificado en extracto de las partidas de nacimiento de los hijos/ hijas expedida por el Registro Civil; y justificantes de ingresos que acrediten el nivel de ingresos declarado en la solicitud.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), este deberá confirmar si corresponde dar la ayuda y los beneficiarios serán informados.
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