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Persona mayor contando monedas con el logo del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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Si recibes una pensión de viudedad, ojo porque la puedes perder en estos casos

Los casos en los que se puede perder la pensión de viudedad según la Seguridad Social

La pensión de viudedad es una de las más importantes del sistema de pensiones  en nuestro país, ya que mitiga la pérdida de ingresos en el hogar donde el sustento económico desaparece debido al fallecimiento del cónyuge. Sin embargo, hay casos en los que también te pueden retirar este sustento económico.

En un ámbito de subidas en las pensiones, la de viudedad no ha sido una excepción. La contributiva lo ha hecho en un 3,8%, las no contributivas y las ayudas como el Ingreso Mínimo Vital en un 6,9% mientras que la pensión de viudedad con cargas familiares lo ha hecho en un 14%.

El 95% de los destinatarios de esa pensión son mujeres que se dedicaron a cuidar de la casa y de sus familias y que ahora han perdido el sustento económico del cónyuge. Sin esta ayuda, difícilmente podrían salir adelante, de ahí la importancia de no perder esta pensión.

Manos de una persona mayor sosteniendo varias monedas.
El 95% de los perceptores de la pensión de viudedad son mujeres | DonDiario

Los casos en los que se pierde la pensión de viudedad

El artículo 219 de la LGSS  afirma que la pensión de viudedad es de carácter vitalicio, sin embargo, la Seguridad Social avisa de los cinco casos en los que se puede retirar esta ayuda. En primer lugar, se perderá si quien la recibe contrae nuevo matrimonio o constituye una pareja de hecho, aunque con excepciones. El segundo de los casos es lógico,  por fallecimiento del destinatario de la pensión.

Una pareja de personas mayores caminando por la calle, el hombre lleva un sombrero y la mujer sostiene un paraguas verde.
Contraer nuevo matrimonio o pareja de hecho puede hacer perder la pensión de viudedad | DonDiario

El tercero  de los casos es  si se demuestra que no falleció el trabajador desaparecido por medio accidente. Igualmente será retirada si existe declaración, en sentencia firme, de culpabilidad en la muerte del causante por parte de la persona que percibe la pensión de viudedad. Y por último, por condena, en sentencia firme, por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas o de lesiones, cuando la ofendida fuera la causante de la pensión, salvo que, en su caso, medie reconciliación entre ellos.

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