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Mano de una persona mayor junto a una cremallera que revela billetes de euro y el logo del Gobierno de España.
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Ojo si tienes una pensión no contributiva, el Gobierno puede bajarla a 129,48 €

Si dentro de una misma unidad familiar hay varios beneficiarios de pensiones no contributivas, se reducen los topes.

Aunque el importe íntegro está fijado en 517,90 euros mensuales para 2024, recibir ingresos por encima del límite establecido puede reducir la cuota hasta los 129,48 euros.

Las pensiones no contributivas de jubilación (PNC) son aquellas que el Estado concede a las personas que alcanzan la edad de jubilarse y se encuentran en situación de necesidad porque no han podido solicitar una pensión contributiva ordinaria al no llegar a los 15 años mínimos de cotización que se exigen.

Una mano sacando un billete de 50 euros de un cajero automático.
Cobro de la pensión | DonDiario

En 2024, la pensión no contributiva de jubilación mensual íntegra es de 517,90 euros (en 14 pagas al año)

Este importe ya incorpora la subida de pensiones para 2024. Ahora bien, ese importe mínimo es para las pensiones que se cobran al 100%, porque hay algunos casos en los que, por tener otras rentas, se cobra solo un porcentaje de la pensión total.

La cuantía individual de la pensión para cada ciudadano se establece, en función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia; no pudiendo ser inferior a la mínima del 25%, es decir,  1.812,65 euros anuales.

Si dentro de una misma unidad familiar hay varios beneficiarios de pensiones  no contributivas, se reducen los topes.

Las pensiones no contributivas se cobran de forma vitalicia, siempre que se mantenga el cumplimiento de los requisitos.  Están financiadas con las aportaciones correspondientes al Presupuesto del Estado de la Seguridad Social.

Personas mayores sentadas en bancos de un parque, algunas usando andadores y otras mirando sus teléfonos móviles.
Pensión no contributiva | DonDiario

Requisitos para pedir una pensión no contributiva de jubilación

*Tener cumplidos  65 años de edad o más.

*No tener derecho a una pensión de jubilación contributiva.

*Ser residente legal en España, con un mínimo de 10 años de residencia acreditados entre la edad de 16 años y el momento de la solicitud. Además, la residencia legal se exige siempre en los dos últimos años inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión y de forma ininterrumpida.

*No estar recibiendo ingresos que provengan de otras pensiones y ayudas incompatibles, como la Pensión no Contributiva de Invalidez, las Pensiones Asistenciales, los Subsidios de Garantía de Ingresos  Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona, así como con la condición de causante de la Asignación Familiar por hijo a cargo con discapacidad.

*Tener carencia de rentas. Esto significa que los ingresos anuales de quien solicita la pensión no pueden superar los 7.250,60 € € anuales (tope de rentas en 2024).

*Además, cuando la persona que solicita la pensión convive con otras, como en los casos de matrimonio y parientes hasta segundo grado (padres, hijos, nietos, abuelos y hermanos del solicitante), se tienen en cuenta los ingresos del conjunto de miembros (llamado “unidad económica”) y cambian los límites de ingresos, es decir, hay un doble requisito de rentas: el individual de quien solicita la pensión y el de su unidad económica (familia con la que convive), que tampoco puede superar un determinado tope, que es este:

*Convivencia solo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: el máximo de ingresos que puede tener la unidad económica es: cuando conviven dos personas, 12.326,02 euros al año. Cuando son tres los que conviven, 17.401,44 € . Cuando son cuatro, 22.476,86 euros año, etc.

*Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos, el máximo de ingresos de la unidad económica será el siguiente: para dos personas que convivan, 30.815,05 euros al año. Para tres, 43.503,60 euros al año. Para cuatro, 56.192,15 etc.  Todos estos importes están actualizados a 2024.

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