
La maniobra de Hacienda para descubrir las casas vacías de los ciudadanos, nueva multa
La AEAT perseguirá de cerca la declaración en la Renta de las segundas residencias de los ciudadanos
El Ministerio de Hacienda sorprendía esta semana al anunciar que la subida del SMI pactada sí que iba a tributar por el IRPF. Una medida que no había sido llevada a cabo en las anteriores subidas del salario mínimo, y que ha causado un gran revuelo.Ahora el ministerio de María Jesús Montero apunta a las segundas residencias de los ciudadanos.
Hacienda ha realizado cambios importantes en la fiscalidad de los propietarios con más de una vivienda en España. Desde ya, la AEAT podrá imponer sanciones a quienes no declaren correctamente sus segundas residencias. Incluso si no están alquiladas ni se utilizan de forma habitual.
La nueva política de Hacienda busca mejorar el control sobre el parque inmobiliario y así evitar fraudes. Por ello hay que detallar en la declaración de la Renta todos los pagos relacionados con la vivienda. Aunque no sea la residencia habitual, y tan solo sea el retiro vacacional de la familia.

Las multas pueden llegar a ser bastante cuantiosas
Para declarar una segunda residencia en la Renta hay que realizarlo en el apartado "Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas". En estos casos existen dos escenarios diferentes.
Si está alquilada, los ingresos generados deben declararse como rendimientos del capital inmobiliario. La AEAT aplicará una tributación específica en función de los ingresos obtenidos. O bien puede estar vacía, en cuyo caso hay que indicarlo en la declaración como tal. Aunque no haya ingresos, Hacienda imputa un rendimiento mínimo sobre el valor catastral.

Las multas pueden bastante importantes si no cumplimos con la obligación de declarar nuestras segundas residencia. Hacienda calculará el rendimiento imputado sobre la vivienda vacía. Sobre un 2% del valor catastral si no ha sido revisado en los últimos 10 años. O 1,1% del valor catastral si no ha sido actualizado mediante valoración colectiva destacada. O bien el 1,1% sobre el 50% del valor de la vivienda si no tiene valor catastral asignado.
Todo ello sin olvidar que no declarar no declararlo incorrectamente, puede ser considerado fraude fiscal. Lo que conlleva multas adicionales y recargos importantes.
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