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Una persona sosteniendo una licencia de conducir española con el logotipo de la Dirección General de Tráfico (DGT).
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La DGT anuncia el fin de la renovación del carné de conducir en 2025

De acuerdo con lo anterior, la renovación del carné de conducir en 2025, será un poco más estricto

La seguridad es prioridad para la Dirección General de Tráfico (DGT) y es por ello por lo que cada día se esfuerzan por poner en marcha soluciones y medidas con el objetivo de mejorar las cifras de siniestralidad que ocurren en las carreteras y vías.

Hay que saber que recientemente han aprobado una medida de vital importancia para determinar si los conductores, independientemente de su edad y/o experiencia, son aptos para conducir de forma segura, tanto para sí mismos como para los demás usuarios de las vías.

Conviene recordar que la conducción es una acción que requiere de una gran responsabilidad, destreza y condiciones físicas y mentales en perfecto estado. Y es que tanto nuestra seguridad como la de los demás depende de cumplir de forma estricta con las normativas de tráfico y también con los parámetros indicados anteriormente.

Renovación del carné de conducir en 2025 según la DGT

De acuerdo con lo anterior, la renovación del carné de conducir en 2025 o bien sacárselo por primera vez será un poco más estricto de lo que es hasta el momento. No nos referimos a cambios en las pruebas teóricas o prácticas para obtenerlo, si no al estado de salud de la persona que lo solicita.

Tal y como comentamos anteriormente, es importante destacar que esta medida no afecta a ningún grupo de conductores en específico o, en otras palabras, no está relacionado de forma total con la edad de los conductores, sino a su estado de salud físico y mental.

Por supuesto, algunas patologías son mucho más probables desarrollarlas en la tercera edad, pero si algún conductor los padece más temprano igualmente estará incapacitado para conducir.

Los análisis médicos serán más rigurosos y no se le renovará la licencia, ya sea de forma temporal o permanente, a solicitantes que padezcan ciertas enfermedades o estén en ese momento recibiendo un tratamiento médico específico que pueda afectar en mayor o menor medida su concentración al momento de conducir.

Para ello se tomará en cuenta el historial médico de los pacientes, pero es importante destacar que cada caso será tomado y analizado de forma personalizada, puesto que una misma enfermedad puede tener diferentes niveles de afectación y diferentes tratamientos que afecten a las personas.

Es obligado destacar que, pese a tener estás enfermedades o patologías, no es estrictamente necesario que el permiso de conducir sea revocado.

En algunos casos,  estas enfermedades son completamente incompatibles con la conducción, así como también los medicamentos que se recetan para el tratamiento de estas. Como consecuencia, las personas que las padecen son consideradas como no aptas para conducir.

La única forma de que la persona pueda renovar su carné de conducir o bien sacárselo por primera vez, aun padeciendo alguna de las enfermedades que vamos a compartir a continuación, es contando con un informe médico en el que se especifique y certifique que pese a dicho padecimiento la persona está en perfectas condiciones para conducir.

Enfermedades que son incompatibles con la conducción

La DGT ha proporcionado una extensa lista en donde aparecen 35 enfermedades que consideran incompatibles para la conducción. Por supuesto y tal y como comentamos anteriormente, todo dependerá del nivel de afectación y tratamiento que se esté recibiendo.

De entre las 35 enfermedades especificadas por la DGT algunas son más comunes de lo imaginado, como es el caso de enfermedades digestivas, endocrinas y respiratorias.

A estas también se le suman  El Alzheimer, los accidentes isquémicos transitorios, depresión, demencia, trastorno de ansiedad, arritmias, enfermedades neurológicas y degenerativas, hipotiroidismo y paratiroides, infarto agudo de miocardio, marcapasos, Parkinson, problemas vasculares, trastorno del desarrollo intelectual, dolencias oncológicas, epilepsia, trastorno obsesivo compulsivo, trasplante renal, trastorno del sueño, trastorno por déficit de atención con hiperactividad, entre otras.

Tanto estas enfermedades como sus tratamientos pueden afectar la conducción de los que las padecen y en la práctica cada caso debe ser evaluado de forma individualizada por un profesional para determinar si puede o no conducir.

 En definitiva, se trata de determinar si la persona está apta o no para conducir de forma segura sin poner en riesgo su integridad y la de los demás.

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