La carta que te puede llegar de Hacienda a partir del 5 de julio y que no te gustará
Si te llega una carta del fisco en los próximos días no serán buenas noticias, te explicamos lo que puede pasar
El plazo para la declaración de la Renta 2023, abarcó desde el 1 de abril hasta el 1 de julio. Sin embargo, si no has presentado declaración alguna durante ese tiempo, debes aún esperar unos días para conocer si todo está correcto.
Y es que, una vez terminado el plazo de presentación de la Declaración de la Renta 2023, todavía puedes llegar a tener noticias por parte de Hacienda. Y es que la AEAT puede enviarte una carta a partir del próximo día 5 de julio, y si te llega, seguro que no te gustará abrirla.
Una vez recibidas todas las declaraciones, las personas que no hayan cumplido con sus obligaciones, y según sus ingresos están obligados a presentar la declaración de la renta, en los próximos días recibirán una carta de Hacienda a modo de requerimiento. Igualmente para todas aquellas declaraciones en las que se haya cometido un error en la presentación. Un requerimiento que puede acarrear una sanción económica, distinta según los casos.
Una carta que no te gustará
Así si Hacienda te avisa por carta en los próximos días y no has presentado la declaración de la renta, puede ocurrir alguno de estos casos. Para el caso de los contribuyentes que no han presentado el ejercicio fiscal de 2023 y además les sale a pagar, la multa será de entre el entre el 50% y el 150% de la deuda total. Con el agravante de que la AEAT puede observar intencionalidad y reincidencia.
Si es el ciudadano es el que informa que no ha presentado la declaración de la renta y se pone al día con el Fisco, el recargo será de entre un 5% y 15%, siendo un 20% si supera un año. En el caso de que el contribuyente no haya presentado la declaración y esta salga a devolver, también recibirá un pequeño recargo. En este supuesto, si es la persona en cuestión la que reconoce su error tendrá que pagar 100 euros y si es Hacienda la que tiene constancia será de 200.
Por último, hay otro tipo de situaciones en las que hay una penalización por un simple error administrativo, como por ejemplo, especificar mal el número de la cuenta bancaria en la que se tiene que hacer un cargo. En este caso el recargo sería de un 5% si la persona lo pone en conocimiento y si ha habido un requerimiento de Hacienda puede ser de hasta el 20%.
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