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Buenas noticias para los subsidios a mayores de 52 años, hay otras ayudas compatibles

Las personas mayores de 52 años, tendrán esta ayuda, mientras no encuentren trabajo

El subsidio para mayores de 52 años está pensado para proporcionar una ayuda económica a personas que, debido a su edad, se enfrentan con dificultades para volver al mercado laboral.

Hay que cumplir unos requisitos:

Haber cumplido los 52 años.

Estar en situación de desempleo y haber agotado la prestación contributiva.

Haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social, de los cuales al menos 2 deben haber sido dentro de los últimos 15 años previos a la solicitud.

Haber cotizado por desempleo al menos 6 años a lo largo de la vida laboral.

No superar el 75% del salario mínimo interprofesional en ingresos propios.

Estar inscrito como demandante de empleo y cumplir con los requisitos de búsqueda activa de trabajo.

A diferencia de otras ayudas, este subsidio no tiene una duración limitada en el tiempo y se mantiene hasta que el beneficiario alcanza la edad de jubilación.

Personas disfrutando de una vista panorámica en un día soleado con edificios y montañas al fondo.
Subsidio para mayores de 52 años | DonDiario

Compatibilidad con otras ayudas

El SEPE ofrece la posibilidad de combinar este subsidio con otras ayudas adicionales.

Por ejemplo, aquellos que ya reciben la ayuda mensual no contributiva de 451,92 euros del SEPE pueden optar a dos subsidios suplementarios si cumplen los criterios establecidos

Ayudas no contributivas compatibles:

Las dos únicas prestaciones no contributivas compatibles con el subsidio para desempleados mayores de 52 años son el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la Renta Mínima de Inserción (RMI) propias de cada comunidad autónoma.

La RMI es gestionada por cada comunidad autónoma, y su cuantía y duración pueden variar  dependiendo de las circunstancias individuales y las normativas locales.

Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) con escritorios y sillas en el fondo.
El Servicio Público de Empleo Estatal | DonDiario

Además, si bien el IMV puede solicitarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social con las credenciales correspondientes, para acceder a la RMI se deberá acudir a los servicios sociales propios de cada comunidad autónoma.

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