Un abogado separatista anima a Quim Torra a desobedecer las órdenes del Gobierno en la gestión de la crisis del coronavirus

El letrado independentista Toni Fitó invita a ‘RacisTorra’ a desobedecer al Gobierno de España

25 de Marzo de 2020
Un abogado separatista anima a Quim Torra a desobedecer las órdenes del Gobierno en la gestión de la crisis del coronavirus
Un abogado separatista anima a Quim Torra a desobedecer las órdenes del Gobierno en la gestión de la crisis del coronavirus

El delirio independentista sigue dejando capítulos vergonzantes.

Y es que el virus indepe no se expande, pero sí se agrava en ciertos personajes. (Los resultados de la última encuesta del CIS)

En plena crisis sanitaria por el coronavirus, letrados independentistas debaten en las redes sociales la cobertura legal que tendría el Nada Honorable presidente de la Generalitat, Quim Torra, si desobedece al Gobierno de España en la gestión del Covid-19.

Toni Fitó

El abogado separatista Toni Fitó, que se presenta como “miembro de la Sindicatura Electoral del Referéndum del 1 de octubre por la demarcación de Barcelona y miembro del Comité Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Barcelona”, plantea en las redes “un modesto apunte jurídico por si alguien en el Govern se está planteando desobedecer (al Gobierno de Pedro Sánchez)”.

En dicho apunte jurídico, Fitó responde a la letrada indepe Olga Amargant, que ha mostrado su enfado porque “sea Murcia del PP y no Cataluña quién desobedezca para salvar vidas es francamente indignante, Govern y Quim Torra”.

Amargant se refiere a la exigencia del Gobierno de la Región de Murcia de ordenar el confinamiento total por el coronavirus, aunque en realidad dicho Gobierno autonómico ha mandado el decreto al Gobierno de Pedro Sánchez para que lo valide.

El consejo de Toni Fitó a Torra

El abogado separatista cita el artículo 20 del Código Penal de la siguiente manera por si Torra decide desobedecer al Gobierno:

“Están exentos de responsabilidad criminal (…) quién, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno (…) infrinja un deber, siempre que: 1. Que el mal causado no sea más grande que el que se trata de evitar. 2. Que la situación de necesidad no haya estado provocada intencionadamente por el sujeto. 3. Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse”.

Un tuitero pregunta a Toni Fitó si “el estado de alarma cambia las leyes”.

”El Código Penal sigue vigente. Si se hubiera declarado el ‘estado de sitio’, entonces sí que determinados delitos podrían quedar sometidos a la jurisdicción militar”, apunta el abogado independentista.