Todos los detalles sobre la nueva ley de eutanasia que acaba de aprobar el Congreso

Se ha aprobado la ley de eutanasia en el Congreso de los Diputados con una amplia mayoría

18 de Diciembre de 2020
Todos los detalles sobre la nueva ley de eutanasia que acaba de aprobar el Congreso
Todos los detalles sobre la nueva ley de eutanasia que acaba de aprobar el Congreso

El Gobierno ha aprobado la ley de eutanasia en el Congreso de los Diputados con 198 votos a favor, 138 en contra y 2 abstenciones. Ahora solo falta que el Senado ratifique la norma.

Lo primero que hay que saber sobre esta nueva ley es lo que regula. "Eutanasia activa es la acción por la que un profesional sanitario pone fin a la vida de un paciente de manera deliberada y a petición de este, cuando se produce dentro de un contexto eutanásico por causa de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable", se puede leer en la ley.

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Asimismo, para solicitarla hay que tener "la nacionalidad española o residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a 12 meses, tener mayoría de edad y ser capaz y consciente en el momento de la solicitud".

Si la persona no cumple el requisito de estar consciente, puede aplicársele si ha “suscrito con anterioridad un documento de instrucciones, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos, en cuyo caso se podrá facilitar la prestación de ayuda para morir conforme a lo dispuesto en dicho documento. En el caso de haber nombrado representante en ese documento será el interlocutor válido para el médico responsable.

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Para certificar que la persona que lo solicita lo hace libremente debe solicitarlo dos veces por escrito con una diferencia de 15 días entre una petición y otra. Además, hay que hacer patente que no es “resultado de ninguna presión externa”.

Tras la primera solicitud, el médico deberá hablar con el paciente y hacer “un proceso deliberativo sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos, asegurándose de que comprende la información que se le facilita. Después de la segunda solicitud hay otra reunión médico-paciente. Por lo tanto, son cuatro veces en las que la persona debe confirmar su voluntad (dos veces por escrito y dos veces al médico).

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Asimismo, el proceso de autorización comienza con el visto bueno del médico. Luego se debe pedir la opinión de un facultativo consultivo de otro equipo distinto al del médico responsable. A continuación, la comisión de evaluación deberá nombrar a dos expertos que evalúen el tema y si dan el visto bueno se puede llevar a cabo la muerte asistida. El proceso total puede durar unos 40 días aproximadamente.

La eutanasia "se realizará en centros sanitarios públicos, privados o concertados, y en el domicilio" del paciente. El encargado de llevar a cabo esta práctica será el médico responsable de cada caso.

Los médicos pueden negarse

Los médicos pueden negarse a aplicar la eutanasia a los pacientes. "Los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia".

Los profesionales sanitarios tiene que manifestar este rechazo "anticipadamente y por escrito" para no retrasar el proceso de eutanasia cuando ya se ha puesto en marcha y se están realizando los trámites pertinentes.