¡¡Quim Torra al carrer!! Cataluña se libra por fin de RacisTorra tras la decisión de la JEC

La JEC confirma la inhabilitación de Torra y éste deja de ser presidente de la Generalitat

04 de Enero de 2020
¡¡Quim Torra al carrer!! Cataluña se libra por fin de RacisTorra tras la decisión de la JEC
¡¡Quim Torra al carrer!! Cataluña se libra por fin de RacisTorra tras la decisión de la JEC

La Junta Electoral Central (JEC) ha ordenado retirar la credencial al diputado del Parlament de JxCat y presidente, Quim Torra, y ha resuelto, además, inhabilitarle durante año y medio para el ejercicio de cargos públicos, lo que supone que no podrá seguir como presidente de la Generalitat.

El organismo arbitral ha estimado así el recurso interpuesto por el PP y parcialmente el presentado por Cs y Vox, que habían pedido que le retirase el escaño a Torra, lo que conllevaría el abandono de la Presidencia de la Generalitat porque el Estatut exige ser diputado como condición para ese cargo.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) condenó a Torra a un año y medio de inhabilitación por haber desobedecido las resoluciones de la JEC, que le exigían mantener la neutralidad en los periodos electorales y retirar propaganda independentistas como los lazos amarillos.

Entonces, el PP, Ciudadanos y Vox pidieron a la Junta Electoral de Barcelona que, en cumplimiento de esa sentencia, se quitara a Torra el escaño de diputado del Parlament, pero ésta rechazó esas solicitudes. Sin embargo, los tres partidos recurrieron ante la JEC esa decisión. (Torra vuelve a insultar a España: "Bélgica sí que es un país democrático").

La JEC declara a Torra "inelegible"

En su resolución de este viernes, recogida por Europa Press, la JEC anula el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, declara que Torra es "inelegible", según la Ley Electoral, por haber sido condenado por el TSJC, le impone una pena de multa y le inhabilita durante un año y medio "para el ejercicio de cargos públicos electivos y el desempeño de funciones de gobierno".

Asimismo, el órgano encargado de velar por la transparencia de los comicios deja sin efecto la credencial como diputado que Torra consiguió en las elecciones de 2017 y ordena a la Junta Electoral de Barcelona que declare su vacante y expida la correspondiente credencial al siguiente candidato de la lista de JxCat.

Según informaron fuentes parlamentarias, el acuerdo sobre Torra ha sido apoyado por siete vocales frente a seis (tres magistrados y catedráticos) que estaban en contra y que ahora tienen hasta el martes 7 de enero para la presentación de los votos particulares antes de su remisión a las partes. Se trata de Antonio Vicente Sempere, María Luz García, José Luis Seoane, Inés Olaizola, Consuelo Ramón Chanet y Juan Montabes.

Torra puede recurrir

Quim Torra puede recurrir ante la Sección Tercera del Tribunal Supremo la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) por la que se ordena retirarle la acreditación como diputado, si bien acudir al Contencioso-Administrativo no implica necesariamente que la medida quede en suspenso hasta que haya sentencia.

Tal y como recoge el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, la mera interposición de cualquier recurso "no suspenderá la ejecución del acto impugnado", excepto cuando una disposición establezca lo contrario, que no es el caso.

No obstante, el Supremo puede dejar en suspenso la decisión de la Junta Electoral si considera que mantenerla en vigor en tanto resuelve su recurso ocasionaría a Torra o al interés público un perjuicio "de imposible o difícil reparación", de acuerdo a las previsiones de la misma ley.

Aunque podría acordarlo de oficio, lo habitual es que sea Torra quien lo solicite. En este caso, el Supremo debe resolver sobre la suspensión como medida cautelarísima, es decir, en 48 horas. Si lo acuerda, quedaría así sin ejecutar la resolución de la JEC hasta que hubiese sentencia sobre el fondo de la cuestión, según establece la misma ley.

No sería la primera vez que Torra recurre al Supremo por una decisión de la Junta Electoral Central. Cuando el pasado mes de marzo, el regulador le ordenó retirar los lazos amarillos colgados en edificios públicos de cara a la celebración de elecciones, el presidente de la Generalitat solicitó a la Sala que suspendiera de forma urgente la ejecución de aquella decisión mientras resolvía el fondo del asunto. La Sala Tercera, sin embargo, rechazó sus pretensiones.