¿Puedo pasear al perro durante el toque de queda? ¿Sí? ¿No?

El BOE no lo contempla entre las excepciones y todo queda en mano de los gobiernos autonómicos

26 de Octubre de 2020
¿Puedo pasear al perro durante el toque de queda? ¿Sí? ¿No?
¿Puedo pasear al perro durante el toque de queda? ¿Sí? ¿No?

Los paseos a los perros, como ya sucedió durante el pasado de alarma, vuelven a ser una de las grandes dudas que tienen los ciudadanos durante el toque de queda.

Y es que el decreto del BOE no contempla los paseos a los perros entre las excepciones oficiales ni ha especificado nada al respecto.

En manos de las comunidades

Así pues, este asunto queda en manos de las comunidades…

Andalucía, por ejemplo, ya ha informado a sus ciudadanos y ha dicho que sí permite los paseos con perros durante el toque de queda.

En cambio, Cataluña no permite los paseos a los perros entre las 22.00 y las 04.00 horas, pero sí entre las 04:00 y las 06:00 horas, así como durante el resto del día.

Se espera que el resto de comunidades autónomas se vayan pronunciando al respecto en las próximas horas.

Sentido común

En cualquier caso, lo más práctico es utilizar el sentido común y reducir los paseos a los perros a lo estrictamente necesario (necesidades fisiológicas) y siempre cerca del domicilio.

Si eres de los que trabajan hasta última hora y llegas a tu hogar cuando el toque de queda ya ha comenzado, se podría decir que sacar a tu perro a estirar las piernas y hacer sus necesidades “una causa de fuerza mayor o situación de necesidad”, así que si lo paseas solo, durante un corto periodo de tiempo y cerca de tu casa, difícilmente te sancionarán.

Salidas cortas, en solitario y sentido común a la espera de que los gobiernos autonómicos se pronuncien.