Los médicos y padres se llevan las manos a la cabeza: el detalle de la Ley Trans que les preocupa

La Ley Trans permite cambiar de sexo hasta tres veces en menos de dos años sin padres ni médicos

05 de Noviembre de 2022
Los médicos y padres se llevan las manos a la cabeza: el detalle de la Ley Trans que les preocupa
Los médicos y padres se llevan las manos a la cabeza: el detalle de la Ley Trans que les preocupa

La polémica Ley Trans impulsada por la podemita Irene Montero sigue dando que hablar. Se siguen conociendo algunos detalles de lo que implicará la entrada de esta nueva normativa y tanto los padres de los menores de edad como los médicos se llevan las manos a la cabeza por lo que se avecina.

En apenas dos años, una persona podrá haber registrado tres cambios sin casi condicionantes. La ley prescinde por completo de los informes médicos y psicológicos y los menores a partir de 16 años no necesitarán tampoco el consentimiento paterno, algo que genera una gran polémica.

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Este procedimiento tendrá una duración de cuatro meses y los pasos a seguir serán los siguientes. El interesado debe acudir al registro y exponer su voluntad de cambio, rellenando una solicitud. Después, será citado para que, en su caso, exprese su disconformidad con el sexo que conste en su inscripción de nacimiento.

Esto llevará un tiempo máximo de tres meses. Posteriormente, la persona será citada de nuevo para que ratifique su solicitud "aseverando la persistencia" de su decisión. Una vez cumplido el trámite, el registro dictará resolución "en el plazo máximo de un mes". Por lo tanto, el plazo total asciende a cuatro meses.

Además, dicha ley contempla la posibilidad de que la persona quiera dar marcha atrás. Es lo que llama "reversibilidad de la rectificación de la mención registral relativa al sexo de las personas". Para solicitarla tendrán que haber transcurrido seis meses desde el primer cambio de sexo. El procedimiento será el mismo que el anteriormente descrito.

Por lo tanto, a los 14 meses podrían darse dos cambios de sexo para quedarse como estaba al principio de todo el proceso. La norma no se queda ahí, pues contempla nuevos cambios, si así se desea, según ha explicado el medio de comunicación OK Diario. Eso sí, en este caso se deberá contar con el visto bueno de un juez.

El procedimiento se regula en la disposición para la "aprobación judicial de la nueva modificación de la mención registral relativa al sexo con posterioridad a una reversión de la rectificación de la mención registral". Lo que llama la atención es que en este caso las exigencias también son mínimas.

Tampoco se contemplan plazos para promover este nuevo expediente. La persona simplemente deberá presentar una solicitud para revertir la rectificación del sexo, que "deberá ir acompañada de medios de prueba", que, en cualquier caso, no podrán ser informes médicos y psicológicos. Una vez admitida a trámite la solicitud, el juez citará al solicitante para que comparezca y, asimismo, "podrá solicitar la práctica de cualesquiera otras pruebas que considere oportunas". La resolución la hará teniendo en cuenta el interés del propio menor.

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Padres y médicos no dan crédito

Los médicos y padres se llevan las manos a la cabeza porque ninguno de los dos tienen ni voz ni voto en este asunto. Irene Montero ha dejado fuera de la ecuación a los profesionales sanitarios y a los padres de los menores de edad cuando son dos figuras muy importantes.

La podemita quiere que la decisión sea única y exclusivamente de los menores sin tener en cuenta las consecuencias que puede acarrear a nivel de salud.