Libertad de expresión sí, difamación no: ser un bocachancla le va a costar 80.000 euros a Pablo Echenique

El dirigente podemita deberá leer la condena en rueda de prensa, restaurando así el honor del joven asesinado por un crimen que no cometió.

Libertad de expresión sí, difamación no: ser un bocachancla le va a costar 80.000 euros a Pablo Echenique
Libertad de expresión sí, difamación no: ser un bocachancla le va a costar 80.000 euros a Pablo Echenique

El 2 de marzo de 2019, el diputado podemita, Pablo Echenique, y el secretario de Comunicación de la formación morada, Juanma del Olmo, reaccionaban ante la noticia que señalaba a la candidata del partido a la alcaldía de Ávila, Pilar Baeza, recordando la noticia que ésta había sido condenada a prisión por el asesinato de Manuel López Rodríguez en 1985.

"Abrazo a Pilar Baeza de Podemos Ávila. Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó" aseguró Del Olmo el Twitter; "simplemente remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada" destacaba Echenique en rueda de prensa.

Afirmaciones públicas de los morados, sin que el Tribunal Supremo, en sentencia firme, jamás probara la agresión sexual, que llevaba al hermano del fallecido a demandar a los podemitas por una vulneración del derecho al honor de López Rodríguez.

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Una demanda aprobada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Leganés, Madrid, que dictaba sentencia contra los podemitas en 2019, quienes no dudaban en presentar sendos recursos contra la sentencia, que ahora ha sido confirmada por la Audiencia de Madrid.

Así pues, el tribunal madrileño ha confirmado la condena a ambos dirigentes, entendiendo que las afirmaciones realizadas en 2019, que señalaban que Baeza había sido violada, suponen una intromisión ilegítima en el honor del presunto agresor.

Una condena que supondrá la indemnización, por parte de Echenique y Del Olmo, de 80.000 euros al hermano del presunto agresor, que es quien puso la demanda, así como hacer pública la sentencia en los mismos canales donde acusaron a López Rodríguez de violación.

No es libertad de expresión

"El ejercicio de la libertad de expresión no autoriza a la difamación" establece la sentencia, que destaca la gravedad de las acusaciones: "es especialmente relevante la exigencia de veracidad en la imputación cuando se trata de delitos de carácter sexual, dado el gran rechazo social que provoca su comisión".

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Del mismo modo, el escrito de los jueces critica que los podemitas "no tenían necesidad de imputar al finado la comisión de un delito de violación para argumentar en favor de la designación de doña Pilar como candidata", exigiendo que los dos dirigentes de Podemos hagan pública la condena "en el mismo lugar y en las mismas condiciones" que hace dos años, restaurando así el hoor del fallecido, asesinado y acusado por un crimen que nunca cometió.

Sentencia de la Audiencia que ha celebrado la letrada edl demandante, Bárbara Arroyo: "se ha hecho justicia, y se ha restablecido el derecho al honor de un chico de 24 años que jamás violó a su asesina".