Ell buen rollo que mantienen Pedro Sánchez y Quim Torra no ha tardado en traducirse en algo favorable al presidente catalán usurpador tras los retoques efectuados por el presidente del gobierno en la justicia española, ahora mucho más controlada por los intereses del PSOE.
Y de acuerdo a los nuevos tiempos socialistas que caracterizan a la Justicia de hoy, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado hoy la querella que el PP presentó contra el presidente de la Generalitat, Quim Torra, por presunta usurpación de funciones al mantenerse en el cargo después de que la Junta Electoral Central (JEC) acordara retirarle el acta de diputado tras ser condenado por desobediencia al mantener una pancarta por los presos independentistas en la fachada de la Generalitat. (Pablo Casado se querella contra el "ursurpador" Quim Torra: ¡¡Dimisión o 155!!)
En el escrito, firmado el lunes y recogido por Europa Press, la sala Civil y Penal del TSJC justifica la inadmisión de la querella --que Fiscalía también pidió-- porque no considera que los hechos relatados por el PP sean constitutivos de delito, y señala que la querella se basa en que el partido considera que al retirarle el acta de diputado, Torra perdió automáticamente el cargo de presidente, aunque no se haya acordado.
El TSJC condenó a Torra el 19 de diciembre por desobediencia por colgar en la fachada de la Generalitat una pancarta por la libertad de los presos del 1-O, y el Tribunal Supremo (TS) rechazó sus peticiones de suspender las medidas cautelarísimas y cautelares, por las que la JEC ordenó retirarle la credencial de diputado.
"NIngún acto juridico confirma que se haya producido el cese de Torra"
La Sala Civil y Penal descarta el fundamento de la querella del PP, que entendía que la pérdida de la condición de diputado del Parlament suponía forma "automática y ex lege" perder también la Presidencia de la Generalitat, aun sin existir acuerdo alguno de revocación del cargo.
En este sentido, constata que "no existe el automatismo" entre la pérdida sobrevenida de la condición de diputado y el cese del presidente de la Generalitat sino que tal cuestión debe ser analizada, según afirma la JEC en su resolución, por el propio Parlament. (Se le acumulan las querellas a Torra: ¡¡Ahora otra por rebelión y colaboración con grupo terrorista!!)
Además, resalta que no existe "ningún acto jurídico ni del Parlament ni de ningún tribunal por el que se haya dispuesto el cese" de Torra como presidente de la Generalitat.
La Justicia dice que no hay usurpación
La Sala Civil y Penal descarta que se haya cometido la usurpación ya que considera que Torra sigue siendo presidente de la Generalitat, "porque ni existe una automática previsión legal ni tampoco ningún acto jurídico emitido por órganos competentes que le haya privado de esa condición".
"La ilegitimidad de la actuación, para que sea constitutiva de delito, requiere de la evidencia que la persona denunciada carece de toda habilitación para acometer los actos propios de la autoridad cuya condición personal se atribuye, para lo cual habrá que atender a criterios seguros y razonablemente restrictivos", razona el TSJC, que descarta que esta condición se dé en el caso de Torra.
El 5 de febrero, el PP presentó ante el TSJC una querella contra Torra por presunto delito de usurpación de funciones al "empecinarse en mantener el cargo en abierta y franca rebeldía frente a la Constitución y el Estatuto". (Vox se querellará contra Torra por su amenaza de guerra contra España)
Según la querella "la situación provocada por el querellado produce una grave perturbación del orden constitucional, ya que las funciones que se están ejerciendo ilegalmente son las de presidente de la Comunidad Autónoma de Catalunya, que no es un funcionario cualquiera, y que además de acuerdo con la Constitución es el representante del Estado en dicha Comunidad".