La compañía Galp, condenada tras sexualizar a sus trabajadoras con los uniformes

La indiferencia de la empresa de carburantes ante las quejas de las empleadas le ha costado una grave condena por discriminación en razón de sexo.

04 de Febrero de 2022
La compañía Galp, condenada tras sexualizar a sus trabajadoras con los uniformes
La compañía Galp, condenada tras sexualizar a sus trabajadoras con los uniformes

A pesar de que parezca algo casi imposible, en pleno siglo XXI y con el auge del feminismo más igualitario entre hombres y mujeres, la sexualización de la mujer en su ámbito laboral sigue siendo una lamentable realidad en la sociedad.

Discriminación por razón de sexo que se podía comprobar hace apenas unos meses, cuando la cadena de restaurantes norteamericana 'Hooters' se veía obligada a retirar un uniforme para sus empleadas que constaba de una ridícula y corta camiseta que dejaba parte del estómago al aire, y un pantalón tipo 'short' que dejaba poco a la imaginación.

Ahora, ha sido la compañía de carburantes 'Galp' la que se ha visto señalada por sus uniformes, que pretendían utilizar el cuerpo de sus trabajadoras para hacer más efectiva la publicidad que aparecía en las camisetas.

Todo comenzaba en 2019, cuando la compañía entregaba los nuevos uniformes, con la palabra 'Evologic' escrita en el pecho. "Pregúntame por el carburante más avanzado del mercado" señalaba, algo más abajo, la prenda publicitaria.

Un mensaje que en los hombres de la plantilla no destacaba, pero sí en el caso de las mujeres, ya que la marca quedaba enmarcada en el pecho de la mujer, lo que hacía que muchos clientes acabaran fijándose únicamente en el escote de las trabajadoras, incomodándolas enormemente mientras llevaban a cabo su trabajo.

25.000 euros de condena por sexualización

Sexualización de sus cuerpos que las trabajadoras no dudaban en denunciar, siendo ignoradas por la empresa. También la sección sindical de CCOO emitió un escrito denunciante de la "cosificación" de las trabajadoras, sin obtener respuesta de la empresa.

Un silencio que, finalmente, ha llegado a los tribunales, que han avalado, junto a Inspección de Trabajo y la Generalitat de Cataluña, una condena de multa de 25.000 euros a la empresa, desestimando las explicaciones de la compañía.

"No es una discriminación indirecta, es una discriminación directa" ha criticado ante los micrófonos de efe la magistrada Marta Molist "Que en una camiseta que vista a un hombre haya una leyenda en el torso a la altura del pecho no implica ningún tinte de sexualización, pero que eso exista en una camiseta que lleva una mujer, a la misma altura, sí lo implica".