En el PSOE van como locos buscando errores de empadronamiento en la lista del PP

En el PSOE van como locos buscando errores de empadronamiento en la lista del PP
En el PSOE van como locos buscando errores de empadronamiento en la lista del PP

Van como locos buscando y rebuscando entre las listas del PP nuevos Toni Cantós o Condes a los que poder denunciar y eliminar de las elecciones por errores formales en su empadronamiento madrileño. Esa es la gran preocupación del PSOE en las elecciones del 4 de mayo.

Hoy el PSOE ha denunciado ante la Junta Electoral a Vanesa Torrente, que figura en el numero 56 de la lista del PP para el 4-M y reclama que se investigue su empadronamiento. Esa parece ser la principal aportación socialista en estas elecciones. Y, lo que es peor, su principal preocupación.

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El objetivo es que la número 56 de la lista del PP sea excluida del proceso electoral, aunque sería más efectivo encontrar algún argumento que excluya a Isabel Díaz Ayuso antes de que se confirme lo que todas las encuestas dan por hecho: su triunfo electoral inapelable y aplastante.

Un DNI expedido el 29 de marzo

El PSOE ha descubierto que la "denunciada" ante la Junta Electoral ha tenido "vecindad administrativa reciente" con la Comunidad de Murcia, en donde ha ejercido diversos cargos en el Gobierno Autonómico, como Secretaria General de la Consejería de Presidencia y de Justicia del Gobierno de Murcia, y Secretaría General de los Servicios Jurídicos.

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La noticia ha sido avanzada por 'eldiario.es' y confirma el grado de desquiciamiento que se vive en el PSOE ante la posibilidad de que las derechas vuelvan a ganar la plaza de Madrid. La misma fuente indica que la candidata presentó, como documentación justificativa de reunir los requisitos para la presentación de la candidatura, un DNI donde aparece domiciliada en la Comunidad de Madrid "expedido el 29 de marzo de 2021, que tiene una fecha de validez hasta el 29 de marzo de 2031".

Y se basan en que si ha estado desarrollando su actividad laboral en Murcia, no puede estar empadronada en Madrid. Sostienen, además, que "dicha documentación no acredita una vecindad administrativa en la Comunidad de Madrid anterior al 1 de enero de 2021, fecha de cierre censal para el proceso electoral convocado, lo que le atribuiría la condición de electora, y, por tanto, de elegible, sin que consten elementos fehacientes, añadidos que pudieran acreditar tal condición".

"Entendemos que Ana Vanesa Torrente carecería de la condición de elegibilidad, y debería ser excluida de la lista de la candidatura del Partido Popular, salvo que acreditase su derecho a figurar en el censo electoral vigente a 1 de enero de 2021, mediante la acreditación de un empadronamiento antes de esa fecha en la Comunidad de Madrid", reclama el PSOE.

También recuerdan que conforme a lo señalado por la Sentencia que saca de la lista del PP a Toni Cantó y a Agustín Conde, debería de exigirse a Ana Vanesa Torrente "la acreditación de su vecindad administrativa anterior a la fecha del cierre censal, para acreditar su condición de electora y elegible, dando un plazo de subsanación para ello".

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Y de no producirse la acreditación o la subsanación, el PSOE reclama que "debiera dar lugar a su exclusión como candidata, del mismo modo que se ha acordado judicialmente respecto de los otros dos candidatos en la misma situación".

Y seguramente, así serán más felices en el PSOE. La validez de una candidata depende de una fecha de empadronamiento. Este es el nivel.