El Tribunal Supremo ha tomado una decisión que seguramente la mayor parte de los españoles estará de acuerdo con ella: los bancos son los que tienen que abonar el impuesto sobre los actos jurídicos documentados en la signatura de una hipoteca.
En una sentencia llevada a cabo el pasado martes, el organismo judicial estableció que es la entidad emisora del préstamo, y no quien lo recibe, la que tiene interés en cerrar la operación financiera.
De este modo, la tercera sala del Supremo modificó su jurisprudencia anterior sobre la ley del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados,
La nueva norma concluye que no es el que pide el préstamo el encargado de pagar dicho impuesto, sino la entidad que presta el dinero, es decir, los bancos.
Los bancos, todos tienen; los clientes, no
En la sentencia, el concepto hipoteca aparece como 'negocio inscribible', siendo los bancos los máximos interesados en la elevación de éstas a escrituras públicas.
Esta decisión del Supremo responde a un recurso presentado por la Empresa Municipal Vaciamadrid, alegando una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid emitida en junio del año pasado y anula un artículo del reglamento del impuesto en cuestión.
El magistrado, Dimitry Berberoff, que ha votado para la causa, era de los que mantenía la voluntad de dejar las cosas tal y como estaban en ese aspecto.
Es importante recordar, que el mismo Supremo dictaminó en febrero de este año, que era el cliente y no el banco el que tenía que hacer frente a los impuestos sobre actos jurídicos documentados.