Logo dondiario.com
Logo twitter
Logo Facebook
Un hombre sonriente recostado sobre el césped junto a un cartel que dice "Ingreso Mínimo Vital" con un diseño de manos formando un corazón.
ACTUALIDAD

Si eres soltero, mayor de 23 y vives solo puedes cobrar el Ingreso Mínimo Vital

Facilita el paso desde la exclusión social a una participación activa en la sociedad

El ingreso Mínimo Vital (IMV), se creó para prevenir el riesgo de pobreza y también mejorar la inclusión social y laboral.

Facilita el paso desde la exclusión social  a una participación activa en la sociedad. Incluye incentivos de empleo, coordinados a través de la cooperación entre administraciones.

Logo del Ingreso Mínimo Vital con dos manos entrelazadas formando un corazón, una mano roja y otra amarilla.
Requisitos para solicitar el IMV | DonDiario

Requisitos para poder solicitar el IMV

Desde la Seguridad Social, informan de los requisitos que deben cumplirse:

-  Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al año inmediatamente anterior.

-  Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo que se acredita teniendo en consideración su patrimonio y su nivel de ingresos y rentas.

-  Que la unidad de convivencia esté formada desde hace seis meses.

-  Estar inscrito como demandante de empleo, para personas desempleadas.

Una persona en traje señalando con el dedo índice hacia adelante, con un cartel que muestra un corazón dividido en dos colores y el texto
Lo beneficiarios del IMV | DonDiario

Los beneficiarios del IMV, incluyen solteros mayores de 23 años, víctimas de violencia de género y jóvenes procedentes de centros de protección de menores.

• Personas de al menos 23 años:

-  Aquellos que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella, siempre que:

-  No estén casados, salvo que hayan iniciado los trámites de separación o divorcio.

-  No estén unidos a otra persona como pareja de hecho.

-  No formen parte de otra unidad de convivencia.

Personas de entre 23 y 29 años:

- Deben haber tenido residencia legal en España y haber vivido de forma independiente al menos los dos años anteriores a la solicitud del IMV.

- Incluyendo los que hayan abandonado el domicilio habitual por ser víctimas de violencia de género, o estén en trámites de separación o divorcio.

- Si acredita que ha vivido de forma independiente durante los dos años anteriores a solicitar el IMV.

- Que haya permanecido durante al menos doce meses anteriores a la solicitud, de alta en la Seguridad Social o una mutualidad alternativa.

Personas mayores de 30 años:

- Debe acreditar que al menos durante el año anterior a la solicitud del IMV, su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores o tutores.

- Salvo que el cese de la convivencia se deba por el fallecimiento de estos.

Otros colectivos beneficiarios:

Personas de entre 18 y 22 años,  procedentes de centros de protección de menores de diferentes Comunidades Autónomas.

Deben haber estado bajo la tutela de Entidades Públicas los tres años anteriores a la mayoría de edad o huérfanos absolutos. Siempre que vivan solos.

➡️ Actualidad

Más noticias: