
Ojo, Hacienda persigue las cuentas compartidas con los hijos, multa hasta 3.000 euros
La AEAT avisa de que perseguirá el fraude en este tipo de cuentas tan habituales entre las familias españolas
Una de las prácticas más habituales en las familias de nuestro país es la de abrirle una cuenta bancaria a los hijos. El objetivo es ir ingresando dinero poco a poco para cuando llegue el momento el hijo tenga fondos suficientes. Y de esta manera gastos como la Universidad puedan ser menos gravosos para la economía familiar. Pues ahora Hacienda amenaza con investigar este tipo de cuentas, bajo amenaza de sanción.
Una de las prácticas más extendidas entre las familias españolas puede acabar bajo la lupa de la AEAT. Y es que el ente público ha puesto el foco en evitar el fraude si considera los ingresos donaciones encubiertas. Abrir una cuenta compartida con tus hijos no es ilegal, pero a partir de ahora habrá que tener cuidado.

Hacienda avisa, la sanción puede ser importante
Las sospechas de fraude por parte de Hacienda saltarán siempre y cuando considere que existen indicios de delito y/o donaciones fraudulentas. Este tipo de movimientos extraños deben ser comunicados por las entidades bancarias, y no es una novedad. En este sentido, conforme a la Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y la Ley General Tributaria, la AEAT puede sancionarnos. Todo porque Hacienda entienda que se ha realizado una transmisión patrimonial sin declarar.
Este caso podría entrar dentro de este tipo de cuentas compartidas. Cuando nuestro hijo utiliza el dinero que, como padres, que hemos ingresado en una cuenta compartida sin formalizar un préstamo por ello. Estaríamos por tanto incurriendo en un delito fiscal sin darnos cuenta. Así, aunque la cuenta sea compartida, si el hijo utiliza el dinero libremente sin que haya un préstamo formalizado, la AEAT puede sancionar. Para declarar ese dinero como donación habría que presentar el modelo 651 ante la comunidad autónoma.

Si la transmisión de patrimonio se considerase una donación no declarada, la sanción iría entre el 50% y el 150% de lo defraudado. A lo que habría que añadir que Hacienda podría exigir el pago del impuesto correspondiente y añadir intereses. Como ejemplo, por unos 5.000 o 6.000 euros, la sanción podría alcanzar los 3.000 euros.
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