La indemnización por despido que deben cobrar las empleadas del hogar según cada caso
Las indemnizaciones varían según el tipo de despido que sufran las empleadas del hogar
Las empleadas del hogar son una de las profesiones laborales más peculiares al desarrollarse en los domicilios particulares, por lo que tienen diferencias sustanciales con el resto de trabajadores asalariados, entre ellas las que conciernen al despido y a las indemnizaciones a percibir en cada caso.
La entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, eliminaba el despido por desistimiento y regulaba las causas que permiten poner fin a la relación laboral de forma justificada, previa acreditación por escrito de los motivos del cese.
En este sentido, los tipos de despidos que los empleadores pueden ejecutar contra las empleadas del hogar se reducen a:
El despido disciplinario: cuando se produce un incumplimiento grave y culpable por parte de la trabajadora, según regula el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores. Este despido no otorga derecho a indemnización.
El despido por causas justificadas: por disminución de los ingresos de la unidad familiar o el incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida; por modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar; o por el comportamiento de la trabajadora que fundamenta “de manera razonable y proporcionada” la pérdida de confianza del empleador. Tiene derecho a una indemnización reducida.
Las indemnizaciones a percibir según cada tipo de despido
En el despido por causas justificadas: indemnización de 12 días de salario por año trabajado con el límite de seis mensualidades. Por su parte el despido improcedente conlleva 33 días de salario por año trabajado con un límite de 24 mensualidades. Por otro lado, si se produce el fallecimiento del empleador/a se otorga un mes de salario, sin importar la antigüedad de la trabajadora. Y por último, si se produce el fin del contrato temporal, la indemnización asciende a 12 días de salario por año trabajado.
Hay que recordar que el preaviso que deben cumplir los empleadores a la hora de notificar el despido, salvo en el disciplinario, es de 20 días si la trabajadora lleva más de un año trabajando en el domicilio, o de 7 días si lleva menos tiempo.
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