Disponible el Bono Alquiler Joven 2024/2025: cómo y cuándo puedes solicitarlo
Buenas noticias, ya está disponible la renovación del 'Bono Alquiler Joven'
La subida desproporcionada del precio de los alquileres ha provocado que muchos ciudadanos salieran este fin de semana a la calle para protestar. Y es que el aumento del precio de la vivienda y del alquiler, cada vez dificulta más el acceso a la misma de la población joven.
En este sentido, el Gobierno lleva desde el 2022 promoviendo el llamado ‘Bono Alquiler Joven’. Se trata de una ayuda para el acceso al alquiler de una vivienda para la población joven entre 18 y 35 años. Este ‘Bono’ surgió en un principio únicamente para el periodo 2022/23, pero se ha ido ampliando hasta este 2024. Sin embargo, y a pesar de los anuncios, aún no había fecha para su renovación con vistas a 2024/25. Hasta ahora.
Quién y cómo solicitarlo
Y es que el ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, llevará su aprobación al Consejo de Ministros de mañana 15 de octubre. Se trata de una nueva convocatoria de esta ayuda, que según la ministra, Isabel Rodríguez, estará dotada con 200 millones de euros. La ayuda mensual será de 250 euros, y podrá cobrarse durante un total de dos años, por lo que la cuantía total del Bono es de 6.000 euros. Y además es compatible con Plan Estatal de Vivienda. A continuación te explicamos quién puede solicitarla y cómo hacerlo.
Al margen del requisito ya mencionado de la edad, los beneficiarios también deben acreditar unas rentas de trabajo. Tras la publicación en el BOE se conocerá cuál es el nuevo límite de rentas. En la anterior convocatoria se exigía que los ingresos anuales fueran con carácter general, inferiores a 3 veces el IPREM (unos 23.725 euros anuales).
En cuanto a cómo solicitarla, como hasta ahora, serán las Comunidades Autónomas quienes se encarguen de su gestión. Por lo que las convocatorias y los plazos de presentación dependen de cada una de ellas. En este sentido la comunidad autónoma podrá aportar hasta el 40% de la renta del alquiler en función de estos criterios: el número de personas que conviven en la misma unidad familiar; los ingresos de la unidad de convivencia; la “tensión del mercado del alquiler del municipio o entorno”, y las personas con discapacidad.
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