Hay sentencias que en ocasiones de quedan cortas. Y esta es una de ellas. Una pareja disfrutaba de sus vacaciones en un apartamento en la localidad de Salou.
El 19 de julio de 2017, el hombre decidió salir de fiesta y dejó a la mujer sola en casa. Al llegar a la vivienda a las 5:30 de la mañana, la chica se lo recriminó y lo que pasó a continuación supone 14 años de prisión.
Sentenciado por el Tribunal Supremo
Fulgencio, que es como se llama el indeseable condenado, fue a la cocina y volvió con un cuchillo de 17 centímetros de hoja: “harás lo que yo te diga o te mato”.
Le obligó a quitarse la ropa y le arrancó la ropa interior. Acto seguido la penetró con diversos objetos, como una escoba, un plátano e incluso una linterna.
Confusión en el caso
Lo curioso del caso, es que el propio Supremo tenía dudas sobre el código penal y el delito de violación. Lo cierto es que existe una confusión jurídica sobre la violencia y la intimidación.
En la intimidación no hace falta recurrir a la fuerza para conseguir lo que se quiere de la víctima. Con crear un clima o infundir miedo a la víctima es suficiente y puede ser considerado intimidación con tal sólo la negación de la víctima.