¡¡Vaya trío lamentable!! Gonzalo Boye, Beatriz Talegón y Xavier Trías, fichajes de emergencia de JxCat

La Junta Electoral ha inhabilitado a Puigdemont, Comín y Ponsatí, y Cuevillas anuncia que acudirán al Tribunal de Luxemburgo.

¡¡Vaya trío lamentable!! Gonzalo Boye, Beatriz Talegón y Xavier Trías, fichajes de emergencia de JxCat
¡¡Vaya trío lamentable!! Gonzalo Boye, Beatriz Talegón y Xavier Trías, fichajes de emergencia de JxCat

JxCat ha propuesto al abogado Gonzalo Boye, el exalcalde de Barcelona Xavier Trias y la periodista Beatriz Talegón para sustituir de forma "provisional" en los puestos de la candidatura europea que encabezaba el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí, tras la resolución de la Junta Electoral Central (JEC).

Acudirán al Tribunal de Luxemburgo a reclamar justicia

Lo ha anunciado en rueda de prensa el abogado de Puigdemont Jaume Alonso-Cuevillas, después de que la exclusión de los tres en la lista de JxCat haya provocado diferencias en la JEC, pues el presidente del organismo, el vicepresidente y otras dos vocales han firmado un voto particular discrepante defendiendo que debía primar el derecho a presentarse a las elecciones.

El vicepresidente primero del Parlament, Josep Costa (JxCat), ha cargado contra la resolución de la JEC, y ha anunciado que combatirán jurídica y políticamente impugnando su contenido al Tribunal Supremo, al Tribunal Constitucional y finalmente al Tribunal de justicia europeo de Luxemburgo, y ha precisado que esto debe resolverse antes de las elecciones.

Según Cuevillas, el TS y el TC han demostrado "muy poca imparcialidad" a la hora de decidir sobre cuestiones relativas con JxCat y con el independentismo, por lo que no confía en que les den la razón, pero sí está convencido de que Luxemburgo resolverá a su favor.

"Por ello, el 26 de mayo las papeletas de JxCat estarán encabezadas por Puigdemont, Comín y Ponsatí", ha destacado el abogado del expresidente catalán, que ha asegurado que si Luxemburgo les da la razón deberá restituirse la candidatura inicial.

Referéndum entre democracia y autoritarismo

"La resolución es tan arbitraria, un despropósito tan grande, que la JEC ha convertido estas elecciones europeas en un referéndum entre democracia y autoritarismo", tras opinar que están intentando apartar a Puigdemont.

Para Costa, la resolución es "incomprensible jurídicamente, kafkiana, confusa, contradictoria y absolutamente antidemocrática" y, a su juicio, supera ampliamente cualquier cosa que hayan podido vivir desde el 1-O.

Además, ha concretado que la resolución está firmada con fecha del domingo pese a que les habían trasladado que la reunión de la JEC se celebraría este lunes, y finalmente les han dado hasta las 20.00 horas para presentar una lista alternativa, dado que legalmente termina el plazo de proclamación de candidaturas a las europeas y el martes deben publicarse las proclamadas.

En su opinión, la JEC se ha inventado una causa de incapacidad que no está prevista en la ley: "Ni los partidos que habían impugnado la candidatura, PP y Cs, habían alegado esta causa para excluir a Puigdemont, Comín y Ponsatí de la candidatura".

Discrepancias sobre el tema en la Junta Electoral Central

La exclusión de Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí de la lista de JxCat para las elecciones europeas del próximo 26 de mayo ha provocado un cisma en la Junta Electoral Central (JEC) pues el presidente del organismos, el vicepresidente y otras dos vocales han firmado un voto particular discrepante defendiendo que debía primar el derecho a presentarse a las elecciones.

El PP y Ciudadanos pidieron excluir a los tres políticos independentistas alegando que no tenían la condición de elegibles por cuanto que residen fuera de España y están procesados en rebeldía por el Tribunal Supremo: Puigdemont y Comín están afincados en Bélgica y Ponsatí vive en el Reino Unido.

En una resolución aprobada ayer, la JEC acepta parcialmente el recurso del PP y de Ciudadanos y concluye que los tres políticos independentistas no figuran adecuadamente en el censo electoral y tampoco han acreditado que reúnen las condiciones para ello, y en este contexto, no son electores y tampoco "elegibles".

En concreto, los tres políticos catalanes figuran en el censo de residentes en España pese a que "es notorio" que no están en esos municipios, sino que "desde hace dos años están fuera del territorio nacional para evadirse de la acción de la justicia".

"El disfrute del derecho de sufragio, tanto activo como pasivo, está condicionado al cumplimiento de la carga de la inscripción censal. Sin la inscripción censal no se puede disfrutar del ejercicio del derecho --argumentan--. Para el disfrute de ese derecho hay que poseer la 'cualidad del elector', o sea, se ha de ser titular del derecho de sufragio activo".

A su juicio, la cualidad de elector no resulta compatible "con la situación a la que llegan aquellos que se han situado extramuros del ordenamiento jurídico español y de la acción de la justicia, lo que les impide no sólo votar en España para evitar la detención, sino que tampoco tienen regularizada su situación en el censo de electores residentes ausentes (CERA) para poder votar desde el extranjero".

Voluntariamente están en rebeldía y "se burlan"

"No pueden tener la cualidad de electores, en definitiva, aquellos que tienen limitados sus derechos políticos y que voluntariamente se han situado en una posición --procesados y en situación de rebeldía-- que integra, por más que pretendamos una interpretación favorable al ejercicio del derecho, un impedimento insalvable para el acceso a la candidatura", añade.

Según la decisión mayoritaria de la JEC, "quienes están extramuros del ordenamiento jurídico español y de la acción de la justicia incumplen, se colocan voluntariamente en una situación de burla de otra obligación esencial con trascendencia en la ordenación del proceso electoral y pretenden obtener así un beneficio".

"Son ellos mismos quienes, por su propia actuación y su propia voluntad, se han colocado en una situación que afecta a su condición de electores", concluye la JEC, que confirma el plazo dado a JxCat para reordenar su lista y recordando que los afectados tienen dos días para recurrir por la vía judicial.

Dos nagistrados y dos vocales de PSOE y Podemos

Pero la decisión de la JEC, adelantada por la mañana a la formación independentista, no ha sido unánime y tanto el presidente, el magistrado Segundo Ménendez, como el vicepresidente, el también magistrado progresista Eduardo Calvo Rojas, como las vocales Ángela Figueruelo Burrieza e Inés Olaizola Nogales, catedráticas propuestas en su día por PSOE y Unidos Podemos, han firmado un voto particular discrepante.

A su juicio, la Junta Electoral debía haber apostado por una interpretación más favorable del ordenamiento jurídico primando el derecho a la participación política y cuestionan que los partidos denunciantes, PP y Ciudadanos, carecen de legitimación para impugnar la inscripción censal de los tres candidatos.

Además, recuerdan también que la rebeldía penal no está incluida como causa de inelegibilidad, por lo que habrían preferido una resolución que hubiese rechazado los recursos del PP y de Ciudadanos.